DECLARATARIA DE PERSONAS NO GRATAS EN LA REGION ENRIQUILLO
Por medio del presente documento público, las organizaciones campesinas, ambientales y sociales de la Región Sur y el país abajo firmantes DECLARAMOS PERSONAS NO GRATAS EN LA REGION ENRIQUILLO, a los principales ejecutivos del Consorcio Azucarero Central (CAC).
Esta declaratoria recae sobre los señores Virgilio Pérez Bernal como presidente del CAC y firmante desde el 13 de diciembre del 1999 de un conjunto de contratos y enmiendas irregulares lesivas al patrimonio público y el señor Pablo Campollo Figueroa, Gerente General del CAC, responsable de un conjunto de abusos y actuaciones al margen de la ley en perjuicio de comunidades campesinas, trabajadores y la población de la Región Enriquillo.
Esta declaratoria se fundamente en los siguientes CONSIDERANDOS:
1- Las destrucciones de cultivos de plátanos, guineos, limones, aguacates y otros rubros realizadas por el Consorcio Azucarero Central (CAC), desde los primeros meses del año 2021 constituyen una afrenta al sistema constitucional y jurídico de la República Dominicana, no tienen ninguna justificación ni económica, ni social, ni legal. El contrato de arrendamiento del Ingenio Barahona del CEA con el CAC data del 13 de diciembre del 1999.¿El CAC no ha recibido las tierras 22 años después?.
2- Hasta la fecha en que se escribe esta declaratoria el CAC no ha sido sometido a la justicia por las violaciones cometidas, por las autoridades estatales correspondientes. ¿Están por encima de las leyes dominicanas?.
3- El CAC al margen de la ley no ha dejado de intervenir en los Proyectos de Reforma Agraria de la Provincia Bahoruco, a pesar de compromisos firmados en ese sentido.
4- El CAC no ha procedido a indemnizar a las familias de los agricultores afectados a pesar de las supuestas gestiones de las autoridadesdel Gabinete Agropecuario en ese sentido.
5- Las autoridades nacionales, regionales y del Gabinete Agropecuario se subordinan a los intereses y presiones del CAC, por lo cual se niegan a realizar los saneamientos a que se comprometieron en los asentamientos agrarios de la Provincia Bahoruco.
6- El CAC ha realizado despojos abiertos de tierras a humilde familias campesinas al margen de la ley, usando violencia militar destruyendo plantaciones de plátanos y sembrándolas de caña, como el caso de la parcela del agricultor Pedro Pascual García Méndez y muchas otras.
7- Que Las autoridades del IAD se han confabulado con el CAC para entregar títulos de tierras a personas que residen en el exterior, son funcionarios o se dedican actividades diferentes a la agropecuaria, para que a su vez estos entreguen las tierras al CAC en arrendamiento para sembrarla caña, en violación a la ley 5879 de reforma agraria.
8- Que arrebatarle a la fuerza ó mediante mafias de arrendamiento, 20 tareas de tierra a una familia campesina, a la que se le quita la comida para beneficiar a un consorcio privado, es un crimen de estado y un crimen de lesa humanidad.
9- Que los crímenes de estado y de lesa humanidad no prescriben.
10- Que en el caso el CAC, la idea de las Alianzas Publicas Privadas es una maniobra para despojar a los campesinos de sus tierras, es falso que existan esas alianzas, pues la ley 47-20 que las ampara fue promulgada el 20 de febrero del 2020 y mucho antes de eso el CAC, ha implementado los arrendamientos ilegales en el Aguacatico y también en Angostura.
11- Que el presidente Abinader y el Gabinete Agropecuario no pueden alegar ignorancia, pues recibieron previo a la entrega de 340 títulos definitivos realizada el miércoles 13 de octubre del 2021 en Tamayo, un listado de 165 personas (casi el 50%) que no son agricultores y que el objetivo expreso de entregarles estos títulos es que las tierras sean traspasadas al CAC para la siembra de caña.
12- Que buena parte de la complicidad de autoridades gubernamentales con las ilegalidades del CAC tienen que ver con régimen de impunidad que impera en el país.
13- Que las autoridades se niegan a investigar por qué el CAC paga 7 dólares al año por tarea de tierra al CEA por el arrendamiento de las tierras del Ingenio Barahona y 22 dólares por tarea al año en los terrenos asignados al IAD, siendo las mismas tierras, para no tener que averiguar sobre las enmiendas y contratos ilegales que en gobiernos anteriores firmo el CEA con el CAC, y poder continuar en la actualidad con los arrendamientos en violación a la ley 5879 de Reforma Agraria.
14- Que el Consorcio Azucarero Central (CAC), solo existe como empresa corporativa en virtud de su contrato de arrendamiento del Ingenio Barahona con el Estado Dominicano atreves del CEA, desde el 13 de diciembre del 1999.
15- Que el señor Virgilio Pérez Bernal, en su calidad de presidente del CAC ha firmado todos los contratos, adendas, enmiendas y contratos complementarios desde 1999 al 2021. Buena parte de estas enmiendas y los contratos que abarcan proyectos de la reforma agraria, están al margen de la constitución y las leyes, siendo en consecuencia nulos en derecho.
16- Que el señor Virgilio Pérez Bernal no puede alegar ignorancia, pues firmó la enmienda No. 2 del Contrato de Arrendamiento del Ingenio Barahona del 25 de septiembre del año 2002, donde consigna haber recibido 236,562.04 tareas nacionales de tierra en arrendamiento, después de una revisión de las partes.
17- Que el señor Bernal no puede alegar ignorancia, pues firmó la Enmienda no. 3 del Contrato de Arrendamiento del Ingenio Barahona del 26 de octubre del 2010, donde se establece haber recibido 141,197 tareas de tierra, habiendo una diferencia entre las enmiendas 2 y 3 de más de 95 mil tareas de tierra nacionales.
18- Que el señor Bernal y el grupo Campollo son conscientes de que no pagaron las cuotas fijas y variables de su contrato de arrendamiento del Ingenio Barahona desde el 13 de diciembre del 1999 hasta el 21 de junio del año 2010, sin ninguna justificación.
19- Que el señor Bernal y el Grupo Campollo son conscientes de es razonablemente imposible que el CAC consiguiera todos los beneficios que se establecieron en la enmienda NO. 3 del Contrato de Arrendamiento del Ingenio Barahona del 26 de octubre del 2010, sin sobornar a los ejecutivos del CEA de la época.
20- Que la Enmienda NO. 3 del Contrato del Contrato de Arrendamiento del Ingenio Barahona del 26 de octubre del 2010, se cambiaron todos los términos básicos de este contrato a favor del CAC, incluyendo exoneración de pago de cuotas, reconocimiento de inversiones hechas al margen de de las estipulaciones del contrato original y cambios en el método de renovación por una reconducción automática, entre otras, todo lo cual para los fines prácticos ha implicado un regalo de un patrimonio público a un grupo privado.
21- Que la construcción de la presa de Monte Grande a un costo que a esta altura supera los 30 mil millones de pesos que pagaremos los contribuyentes, implica la dotación de riego para más de 300 mil tareas de tierras adicionales en la Región Enriquillo, y que son precisamente estas tierras de las cual el CAC se quiere apoderar ilegalmente.
22- Que el CAC detenta actualmente más de 200 mil tareas de tierras de la Región Enriquillo en una acomodaticia interpretación de sus contratos con el CEA, que junto a mas de 300 mil que pretende apoderarse en los próximos años, ascenderían a una cantidad superior al medio millón de tareas de tierra, que se dedicarían principalmente al monocultivo de la caña, en perjuicio de la agricultura familiar, y las posibilidades de desarrollo sostenible de la Región Enriquillo.
23- Que el CAC controla más del 70% de las aguas del Distrito de Riego Yaque del Sur.
24- Que el CAC pone obstáculos para el uso del agua por parte de las familias campesinas que cultivan diversos rubros diferentes a la caña en la Región Enriquillo.
25- Que si el CAC se apodera de la mayoría de las tierras y de la mayoría de las aguas de la Región Enriquillo, se operaria la peor injusticia social de los últimos años en el país, al tener los pobres via impuestos que financiar el enriquecimiento de empresarios extranjeros y condenarse a la población a la miseria perpetua de los cañaverales que obstaculizan el desarrollo de la zona.
26- Que el CAC usa la práctica de la quema de caña a favor del aumento de su rentabilidad, en perjuicio de las comunidades y en violación de la ley 64-00 de medio ambiente y recursos naturales.
27- Que el CAC usa la práctica de fumigaciones aéreas con productos cancerígenos prohibidos, en perjuicio de la pequeña producción agropecuaria adyacente a las plantaciones cañeras, en violación también a las ley 64-00.
28- Que el CAC paga salarios de miseria a los jornaleros de campo de en promedio RD$200.00 pesos al día, en violación a todos los convenios internacionales y las leyes laborales.
29- Que el CAC paga los picadores de caña a menos de RD$200 pesos la tonelada, lo cual es un abuso.
30- Que el CAC mantiene en condiciones de práctico secuestro y practicas esclavistas a trabajadores migrantes haitianos que vienen al corte de la caña durante las zafras.
31- El CAC usa efectivos y establecimientos militares que pagamos los contribuyentes para exclusivo privado, en violación a la ley y con frecuencia para reprimir a las comunidades de la zona cañera.
32- Que el CAC practica apresamientos de animales, personas y colocación de multas en violación al margen de la ley.
33- Que el CAC ha practicado la persecución, apresamiento, tortura y otras violaciones de los derechos humanos contra dirigentes y activistas campesinos en las comunidades de la Provincia Bahoruco.
34- Que durante las zafras, el CAC viola el artículo 135 de la ley 16-92 (código de trabajo), que establece que el 80% de los trabajadores de las empresas deben ser de nacionalidad dominicana.
35- Que las actuales autoridades nacionales desde el presidente de la República, hasta los directores del CEA y el IAD se hacen de la vista gorda con los abusos e ilegalidades del CAC, alegando la necesidad de proteger la seguridad jurídica de la inversión extranjera, pero resulta que no hay un solo estudio del 2000 al 2021 que identifique como favorable a la población de la Región Enriquillo, las supuestas inversiones del Grupo Campollo de Guatemala, que en esencia se ha autofinanciado con la venta de azúcar y melaza de nuestro propio ingenio; y si abundan las investigaciones que demuestran que el arrendamiento del Ingenio Barahona ha traído más desempleo ,pobreza y contaminación a la zona.
36- Que las autoridades dominicanas se dedican a defender a supuestos inversionistas extranjeros, sin investigar sus antecedentes en sus propios países y sus actividades en otras naciones, lo que ha conllevado no pocos escándalos morales en el país.
37- Que el 15 de agosto del 2001, el CAC y el CEA firmaron la Enmienda NO. 1 del Contrato de Arrendamiento del Ingenio Barahona, mediante la cual se incluyo como socio gestor del CAC al señor José de Jesús Buitrón Espinosa, abogado del Grupo Campollo de Guatemala.
38- Que el señor Buitrón Espinosa es la misma persona que aparece como principal operador de las compañías Offshore para actividades opacas destinadas a la evasión fiscal y en este caso principalmente a la transferencia de dinero desde Guatemala a Panamá.
39- Que según una investigación del medio Plaza Pública de la Universidad Rafael Landívar de Guatemala, junto con periodistas de Univisión Noticias, se puede leer textualmente lo siguiente: “Según correos internos de Mossack Fonseca, en 2005 el grupo guatemalteco registraba 77 sociedades en diversos paraísos fiscales, y entre 2007 y 2015 creó otras 121 empresas con un capital autorizado total de $282 millones. 47 sociedades están vinculadas al comercio del azúcar, con un capital que suma $113 millones”.
40- Que el historial de ilegalidades y abusos del Grupo Campollo no se reduce a su operaciones en la Región Enriquillo, República Dominicana, pues los medios guatemaltecos están llenos de noticias de arbitrariedades y atropellos como el caso del asesinato del trabajador Eugenio López de 72 años el 23 de junio del 2017 en una de las empresas del Grupo Campollo, en un hecho relacionado con reclamos de pagos de derechos laborales de un grupo de sus trabajadores.
41- Que el CAC apoya a otras empresas como la Belfond Enterprise que con su explotación en el Bahoruco Oriental y la exportaciones de bicarbonato de calcio a granel por el Puerto de Barahona afectan sensiblemente las fuentes de agua, el ambiente y los medios de vida de numerosas poblaciones de la Región Enriquillo.
42- Que el Estado dominicana no ha dado ninguna respuesta a las múltiples propuestas que hemos realizado las organizaciones de la sociedad civil.
Las organizaciones sociales firmantes de esta DECLARATORIA DE PERSONAS NO GRATAS, consideramos más que justificadas y fundamentadas las 42 razones que se detallan en este documento.
Dado en el Cruce de Vicente Noble, Provincia Barahona, Región Enriquillo, a los nueve (9) días del mes de noviembre del año dos mil veintiuno (2021).
Articulación Nacional Campesina (ANC).
Coalición Enriquillo.
Federación de Productores Agrícolas y Asociaciones Campesinas del Sur (FEPROASUR)
Bloque Campesino Sur-Sur del Movimiento Campesino Dominicano (MCD)
Asociación Cabraleña de Jóvenes Emprendedores Por el Desarrollo Sostenible (ASOCAJEDS).
Centro de Promoción Campesina Lemba, INC:
Comité Intercomunitario La Cuenca Por Dentro (CODEI).
Campamentos Campesinos Libertad 1, 2 y 3.
Comité Pro-Recuperación del Ingenio Barahona.
Asociación Apícola Cabraleña
Junta Campesina Manuel Feliz Santana de la Zona Cañera
Federación de Mujeres de la Provincia Barahona
Federación de Mujeres de la Provincia Bahoruco
Centro de Educación y Asistencia Jurídica (CEAJURI)
Asociación de Agricultores y Parceleros el Aguacatico, Tamayo
Asociación Mama Tingo, El Jobo Tamayo
Asociación Campesina Santa Bárbara, Batey 6
Federación de Juntas de Vecinos de Barahona.
Cooperativa de Productores Agropecuarios y Servicios Múltiples de Galván (COOPASEMUGA).
Asociación de Parceleros La Realista Proyecto AC-59. Villa Jaragua.
Comité por el Rescate de la Laguna de Rincón.
Focodeca / Majagual Avanza
Comité de Seguimiento Para la Gestión Local (COSEGELO), Cabral.
Cooperativa de Producción, Trabajo y Servicios Múltiples (COOPSAPRO).
Asociación Pro-Desarrollo del Municipio de las Salinas (APRODESA).
Asociación de Desarrollo Agropecuario e Industrial de Las Salinas (ASODAINSA)
Asociación de Mujeres María Trinidad Sánchez, Jaquimeyes.
Asociación de Mujeres Amancia Figuereo, Palo Alto.
Unión de Trabajadores Cañeros- UTC-
Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).
Coordinadora Popular Nacional.
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